El descanso vacacional es uno de los derechos laborales más importantes. Para las empresas, representa una obligación financiera que debe provisionarse mensualmente o registrarse al momento de su devengo para evitar distorsiones en los estados financieros.
En este artÃculo, te explicamos la base legal del descanso fÃsico remunerado y cómo realizar el asiento contable de vacaciones bajo el Plan Contable General Empresarial (PCGE).
Base Legal y Dinámica de las Vacaciones
En el Perú, según los artÃculos 15° y 16° del Decreto Legislativo 713, todo trabajador tiene derecho a disfrutar de 30 dÃas calendario de descanso fÃsico remunerado de manera ininterrumpida por cada año completo de servicios.
Con respecto a su tratamiento contable y laboral, debes considerar lo siguiente:
- Monto equivalente: La remuneración vacacional es igual a la que el trabajador hubiera percibido habitualmente en caso de continuar laborando.
- Oportunidad de pago: El abono de la remuneración vacacional debe realizarse antes del inicio del descanso del trabajador.
- Sustento laboral: Este concepto debe figurar de manera obligatoria tanto en la Planilla Electrónica (PLAME) como en la Boleta de Pago.
Cuentas Clave del PCGE Utilizadas
Para el registro utilizaremos las cuentas solicitadas, destacando la subcuenta 411 Remuneraciones por pagar, la cual comprende los sueldos, salarios, comisiones, asà como las obligaciones devengadas por vacaciones y gratificaciones legales.
- Cuenta 62: Gastos de Personal y Directores (EspecÃficamente la subcuenta 6215 Vacaciones).
- Cuenta 41: Remuneraciones y Participaciones por Pagar (4115 Vacaciones por pagar).
- Cuenta 94 / 79: Para la transferencia y destino del gasto hacia el área administrativa.
- Cuenta 10: Efectivo y Equivalentes de Efectivo para la salida del dinero de bancos.
Caso práctico
La empresa ABC S.A.C. solicita que se realice el asiento contable correspondientes a las vacaciones por pagar del trabajador Juan Pérez cuya remuneración es de s/ 1,400.00.
Para este ejemplo utilizaremos la subcuenta 411 remuneraciones por pagar en donde se incluye el concepto de las vacaciones.
De acuerdo con la subcuenta 411 Remuneraciones por pagar, dicha cuenta «comprende los sueldos, salarios, comisiones, incluyendo las remuneraciones en especie, devengadas a favor de los trabajadores, asà como las obligaciones devengadas por vacaciones y gratificaciones legales«.
En primer lugar debemos realizar el tratamiento contable por la provisión y reconocimiento del gasto por las vacaciones.
| 📌 | Cuenta | Debe | Haber |
| 62 | Gastos de personal y directores | 1,400.00 | |
| 621 Remuneraciones | |||
| 6215 Vacaciones | |||
| 41 | Remuneraciones y participaciones por pagar | 1,400.00 | |
| 411 Remuneraciones por pagar | |||
| 4115 Vacaciones por pagar | |||
| X/X Por el reconocimiento de las vacaciones. |
Consecuentemente, debemos registrar el asiento por el destino del gasto.
| 📌 | Cuenta | Debe | Haber |
| 94 | Gastos administrativos | 1,400.00 | |
| 79 | Cargas imputables a cuentas de costos y gastos | 1,400.00 | |
| X/X Por el destino del gasto. |
Como último asiento procedemos a registrar el pago de las vacaciones.
| 📌 | Cuenta | Debe | Haber |
| 41 | Remuneraciones y participaciones por pagar | 1,400.00 | |
| 411 Remuneraciones por pagar | |||
| 4115 Vacaciones por pagar | |||
| 10 | Efectivo y equivalente de efectivo | 1,400.00 | |
| 104 Cuentas corrientes en instituciones financieras | |||
| 1041 Cuentas corrientes operativas | |||
| X/X Por el pago correspondiente de las vacaciones. |
Referencia:
- https://www.trabajo.gob.pe/archivos/file/informacion/TRABAJADORES/INF_VACACIONES.pdf
- https://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/documentac/PCGE_2019.pdf
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