En este artículo vamos a explorar la forma adecuada de llevar el registro contable del impuesto predial y los arbitrios.
Es importante destacar que el Impuesto Predial es un impuesto anual que recae sobre el valor de los bienes inmuebles, tanto urbanos como rústicos. Cabe mencionar que, para fines fiscales, se consideran terrenos no solo los que se encuentran en tierra firme, sino también aquellos ganados al mar, ríos y otras masas de agua. Asimismo, se consideran parte integrante de dichos terrenos las edificaciones e instalaciones fijas y permanentes que no pueden ser separadas sin afectar la integridad, calidad o funcionalidad de la estructura.
Es importante tener en cuenta que, además de su periodicidad anual, el Impuesto Predial puede variar de acuerdo a la ubicación, uso y valor del inmueble en cuestión. Asimismo, es importante destacar que este impuesto es de carácter municipal y puede ser utilizado para financiar obras y servicios públicos en la localidad.
Por otra parte, los arbitrios municipales se aplican en concepto de prestación de servicios públicos determinados, por ejemplo recolección de residuos, cuidado de parques y jardines, limpieza de vías públicas, entre otros. Contrariamente al Impuesto Predial, que grava la propiedad del inmueble, los arbitrios se recaudan por el uso de los servicios públicos prestados por el gobierno municipal.
La finalidad principal de estos tributos es la de financiar los gastos derivados de la prestación de servicios públicos, que habitualmente no son atendidos por los impuestos generales, y la de garantizar su mejor funcionamiento y conservación.
Asiento contable por el pago del impuesto predial y arbitrios municipales
La empresa Fast Clean S.A.C. realiza el pago del Impuesto Predial 2023 por el importe de S/ 550.10 y Arbitrios de S/ 113.29 y pide generar el asiento contable.
Concepto | Importe |
Impuesto predial 2023 | s/ 550.10 |
Parques y jardines | s/ 80.29 |
Barrido de calles | s/ 33.00 |
Total a pagar | s/ 663.39 |
Para el presente caso separemos aquellos conceptos que correspondan al impuesto predial y arbitrios:
- Impuesto predial: s/ 550.10
- Arbitrios: s/ 80.29 + s/ 33.00 = s/ 113.29
📌 | Cuenta | Debe | Haber |
64 | Gastos por tributos | 663.39 | |
643 Gobierno local | |||
6431 Impuesto predial (s/ 550.10) | |||
6432 Arbitrios municipales y seguridad ciudadana (s/ 113.29) | |||
40 | Trib. Cont. y aportes al sist. de pens. y de salud por pagar | 663.39 | |
406 Gobiernos locales | |||
4061 Impuestos | |||
40615 Impuesto predial | |||
4063 Tasas | |||
40634 Servicios públicos o arbitrios | |||
X/X Por el reconocimiento del pago del impuesto predial y arbitrios. |
Seguidamente debemos registrar el asiento contable por el pago con efectivo.
📌 | Cuenta | Debe | Haber |
40 | Trib. Cont. y aportes al sist. de pens. y de salud por pagar | 663.39 | |
406 Gobiernos locales | |||
4061 Impuestos | |||
40615 Impuesto predial | |||
4063 Tasas | |||
40634 Servicios públicos o arbitrios | |||
10 | Efectivo y equivalente de efectivo | 663.39 | |
101 Caja | |||
X/X Por la cancelación del pago del impuesto predial y arbitrios. |
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